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¿Sueldo mínimo o sueldo digno?





De acuerdo a la edición décima sexta del Diccionario de la Real Academia Española, la segunda acepción del término digno remite a lo correspondiente, a lo proporcionado al mérito y condición de una persona o cosa. En estos días, en que la opinión pública nacional se ve sacudida por el debate de los más diversos y polémicos temas, uno entre ellos ha acaparado el interés del público en atención a su relevancia dentro de la vida de gran parte de la población: el alza en el sueldo mínimo, en específico, la cuantía de dicho incremento.

Y siendo uno de los argumentos más sólidos de la implantación, permanencia y determinación del mencionado monto el asunto de la dignidad, me he permitido comenzar esta reflexión con la definición del concepto esencial a tratar, aquel en que gran parte de las discusiones acerca del tema conduce a un punto muerto.

Por todos es sabido que las necesidades del ser humano son muchas, por no mencionar que en estricto son infinitas, y además crecientes. Para satisfacer dichas necesidades tenemos a disposición nuestra el mundo que nos rodea. El problema es, de esta manera, cómo hace el hombre para repartirse los bienes satisfactoriamente, de tal forma saciar sus apetitos. Un bien que resulte disponible con facilidad para muchos de nosotros satisfacerá pronto nuestra necesidad de él, no así uno escaso, cuya dificultad por conseguirlo supondrá nuestra concentración y esmero sobre el punto.

Es aquí justamente donde se encuentra el valor de las cosas: cuánto nos cuesta obtener lo que deseamos. Y aquel costo que estamos dispuestos a incurrir es el precio que debemos pagar. Luego, podemos afirmar que el precio es digno del valor del bien que adquirimos, atendiendo a que es reflejo de su mérito y condición.

Cuando un empleador contrata a un trabajador paga el precio por aquel, que es el salario, monto por el cual el contratado vende su tiempo, sus fuerzas y sus habilidades a cambio de dicho emolumento. El empleador pagará un mayor precio por un trabajador cuyas características sean escasas y pagará uno menor por otro cuyas habilidades sean más generalizadas entre sus pares, después de todo pensará, si no es uno será otro.

En vista de que los trabajadores más calificados son generalmente escasos, suponiendo una distribución normal de probabilidades, serán éstos los que puedan vender sus servicios a un mayor precio. Ahora, ¿en qué se fijará el empleador para comparar a un trabajador respecto de otro? Pues en cuánto son capaces de producir respectivamente. De esta forma, si un individuo produce más, cobrará y recibirá un mayor salario. Es así como funciona la economía de mercado en cuanto a su dimensión laboral, fijando una correspondencia que, aunque en la realidad no funciona estrictamente, confluye a relacionar la productividad del factor productivo trabajo con el valor del mismo y finalmente con su precio, logrando que cada individuo cobre y reciba en atención a sus facultades.

El problema social comienza cuando un ciudadano no alcanza a sobrevivir con lo que los empleadores están dispuestos a pagar por sus servicios. Aquél individuo no se encuentra capacitado para satisfacer las necesidades de trabajo de las empresas pues produce muy poco y seguramente junto a él coexisten muchos otros en condiciones equivalentes de baja productividad, por lo que cambiarlo, léase despedirlo, resulta espantosamente fácil. El Estado, cuya misión fundamental es preservar el bien común, da cuenta de esta realidad y busca una solución. Implanta entonces un concepto ajeno al sistema de precios, al método vigente de asignación de recursos, por lo demás connatural a la condición humana.

Tras variados estudios económicos y sociales, fija un sueldo mínimo, monto tal que el individuo que lo perciba tenga la tranquilidad de que podrá cubrir sus necesidades básicas y pueda, por consiguiente, vivir aquel período con dignidad. Se propone además subir dicha cifra todo cuanto pueda, en atención al fenómeno inflacionario y a las condicionantes del nivel de vida de la población.

Más allá de la discusión acerca de la real existencia de las necesidades básicas, pues para alguien puede resultar básico y válido ir al cine una vez por semana, cabe preguntarse si un empleador cualquiera estará dispuesto a contratar a un trabajador que produzca unos $80.000 mensuales por un sueldo mínimo de $105.000 en idéntico período. A todas luces no, pues si lo contrata simplemente pierde. Si es que ya lo ha contratado, cuando el empleador se percata de esta situación, lo despide.

Luego, ¿cuánto es el ingreso mensual que esta persona recibe actualmente cada mes? Cero, pues nadie lo recluta, y si lo hacen pronto lo desafectan. Sigamos indagando. ¿Qué sucedería si algún empleador estuviera dispuesto a contratar a dicho personaje, en conocimiento de sus limitadas condiciones productivas, pero cierto en que va a acumular producción en la medida de sus posibilidades, en estricto rigor de acuerdo a sus méritos, a su dignidad? Simplemente no podría contratarlo. ¿Es digno entonces que una persona que tiene capacidad de trabajo, por disminuida que esta parezca respecto de los estándares, le sea negada la posibilidad de aportar ingreso a su núcleo familiar? ¿Es la existencia del sueldo mínimo, evidente distorsión del sistema de asignación de valor que ha regido a los humanos desde mucho antes de los fenicios, la causante de semejante injusticia? ¿Cómo puede concebirse que una medida implementada para fortalecer la dignidad de los trabajadores actúe justamente en contra de ésta?

Esta es la contradicción fundamental, una contradicción lógica, que no real, afirmaría Kant, fenómeno manifiesto de un razonamiento equívoco.
En un mundo ideal, que no es el caso, si no existiera sueldo mínimo cada individuo recibiría un salario de acuerdo a sus méritos y bondades. De esta forma, aquel individuo del párrafo anterior acudiría a casa con $80.000 cada mes y no con las manos vacías. Aquellos que hoy ganan $105.000, en la medida que sean dignos de ello, seguirían recibiendo idéntico monto. Al existir gente que recibiría dinero y que hoy no recibe, se incrementaría la demanda por productos, por lo que las empresas estarían dispuestas a cubrir dichos excesos de demanda con una mayor producción en un plazo mediato.

Más aún, la posibilidad de contratar mayor número de trabajadores aumentaría la producción, fomentaría el crecimiento económico, supondría mayor recaudación de impuestos por parte del fisco y el Estado podría disponer de mayores fondos para gasto social, a repartir entre menor número de necesidades, no olvidemos que algunas de ellas ya han sido cubiertas con los salarios menores al actual sueldo mínimo.
Esta columna no pretende levantar la idea de la eliminación del sueldo mínimo, más allá de su argumentación, en atención de la gran crisis social que una medida así traería en el corto plazo. Es un riesgo político que nadie estaría dispuesto a correr.

Menos el riesgo social que supondrían dos o tres generaciones de sacrificio, resentidas y extenuadas. Sin embargo, pretendo con este análisis revelar una interpretación del fenómeno del sueldo mínimo, en lo económico y en lo social, una interpretación que pone en duda los implacables argumentos a favor de la dignidad que esgrimen los defensores de esta medida y, más aún, quienes bogan por su alza inmisericorde. Es el deseo de esta columna advertir acerca del daño social y económico que las buenas intenciones en economía suelen producir, cuando los ejecutores de las políticas de estado se ven presionados y convencidos por fuerzas sociales que no se han detenido a pensar en las consecuencias de sus pedidos. Al fin y al cabo, ¿no sería esta indignidad una de las posibles explicaciones de la delincuencia?

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Carlos Silva Ponce
Ingeniero Comercial
kaarl@entelchile.net


Autor:    Carlos Silva Ponce | Area:    Recursos Humanos
Título:    ¿Sueldo mínimo o sueldo digno? | Fecha de publicación:    30/08/2001 13:47:49
Etiquetas:    ESTRATEGIAS y GESTIÓN

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