El secreto puede considerarse como la información especial que poseemos y que nos está vedado o no queremos revelar.
El secreto es de orden natural, por una parte, cuando es la misma lógica la que prevé que su divulgación puede causar un daño injusto, como puede ser una intimidad, personal o familiar, un proyecto específico nacido del propio ingenio profesional. Este secreto no requiere el compromiso previo de guardarlo, sino que la misma razón nos impone el deber de cumplirlo, así nadie nos haya dicho que tenemos esa obligación.
De otra parte, está el secreto prometido. Como cuando me entero ocasionalmente de una información y luego comprometo mi palabra de no revelarla. Quedo obligado a su guarda por el compromiso adquirido.
También existe el secreto cometido o entregado cuyo compromiso de guardarlo antecede a la confidencia que se quiere participar. (Ejemplo: Si me prometes no revelarlo te confiaré mi secreto).
El secreto en el mundo empresarial se inscribe principalmente en este concepto de secreto cometido, aunque también ha de referirse al prometido y al natural.
En las organizaciones es preciso señalarles a quienes trabajan en ellas, cuáles son los secreto que deben guardar en relación con su tecnología, sus métodos, sus procesos, sus fórmulas, desde el mismo contrato de trabajo y como condición claramente antecedente a la ocupación del cargo. Esto no puede dejarse a la interpretación natural de la persona.
Igualmente, cuando las personas tienen información accidental, no relacionada con su oficio, es preciso comprometer de inmediato su confidencialidad, dada la importancia de esa información, porque tampoco puede dejarse al solo juicio de los demás la relevancia de esa noticia.
Pero también hay que insistir en el desarrollo de una actitud prudencial, basada en la razón natural, de mantener en reserva aquellos hechos o noticias que puedan perjudicar, injustamente en materia grave o leve, a una persona de la empresa, o a la organización misma, sin que haya necesidad de exigencia o compromiso alguno previo o posterior.
La guarda del secreto profesional (que es natural, prometido y cometido) por parte de los hombres y mujeres que trabajan en las empresas, imprime un sello de señorío y nobleza a sus ejecutorías.
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Hernán Saldarriaga Agudelo
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